viernes, 23 de diciembre de 2011

Ley Antiterrorista




El decreto 261/75, diecia en su ARTÍCULO 1º.- El comando General del Ejército procederá a ejecutar las operaciones militares que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de elementos subversivos que actúan en la provincia de TUCUMAN.
Y esa palabrita “Aniquilar” derivo en debates incontables para justificar el asesinato de miles por los militares.
Hoy el Congreso sanciono la ley antiterrorista que  modifica el artículo 41del código penal que ahora dice: Cuando alguno de los delitos previstos en este Código hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, la escala se incrementará en el doble del mínimo y el máximo.
Las agravantes previstas en este artículo no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho
Estoy de acuerdo que este gobierno no reprimió la protesta social nunca y creo que no lo hará, pero a este gobierno lo sucederán otros, imaginemos un gobierno Macrista o Sciolista y supongamos a ministros como Casal o  Montenegro con esta herramienta.
Ojo que pasado el tiempo podríamos  estar discutiendo la valides de la represión social en base a la modificación de este artículo.
Hay que prever males, hoy el código penal es un mamarracho lleno de modificaciones Blumberg y demás yerbas, la obediencia debida no es justificativo para asesinatos de personas, tampoco para  asesinatos de leyes.

Seoane Hector



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